A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante El Manzanar Sas·Demandado Superintendencia De Notariado Y Registro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acciones de cumplimiento de actos administrativos relacionados con los planes de ordenamiento territorial y usos del suelo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta – Subsección A y el Juzgado Veintiocho Civil del Circuito de Bogotá.
La controversia fue originada por acción de cumplimiento iniciado por la sociedad El Manzanar en contra de la Oficina de Instrumentos Públicos Zona Centro de la ciudad de Bogotá, a través de la cual la demandante pretende la declaratoria de renuencia de dicha entidad a cumplir con su deber de cancelar la afectación por causa de una obra pública que constituyó la Aerocivil, sobre el bien inmueble de propiedad de la sociedad demandante, y exige el cumplimiento de dicha obligación.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla dispuesta en Auto 951 de 2021 y reiterada entre otros en los Autos 684 y 1273 de 2023, en la cual la jurisdicción civil será la competente para conocer de las acciones de cumplimiento cuando estas son dirigidas contra una entidad de naturaleza pública o particulares en ejercicio de su función administrativa, cuando se pretenda el cumplimiento de deberes establecidos en la Ley 9ª de 1989 y la Ley 3ª de 1991, relacionadas con los planes de ordenamiento territorial y usos del suelo.
Ello, en virtud del artículo 116 de la Ley 388 de 1997 y el principio de especialidad.
En consecuencia, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Veintiocho Civil del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, sección cuarta – subsección A y a los sujetos procesales interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, sección cuarta - subsección A y el Juzgado Veintiocho Civil del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Veintiocho Civil del Circuito Bogotá conocer del proceso de la referencia adelantado por la sociedad El Manzanar contra la Oficina de Registros Públicos zona centro, de acuerdo con las consideraciones de este auto.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-4328 Juzgado Veintiocho Civil del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, sección cuarta - subsección A y a los sujetos procesales interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.